Imputabilidad a los 14: ¿remedio o calmante social?


Por Tincho Lehmann (@tincholehmann)

Por estos días se está debatiendo en el Congreso Nacional el proyecto "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", también conocido como "Ley ómnibus" por la gran variedad de propuestas que incluye. Entre esas cuestiones está la modificación de la edad de imputabilidad que actualmente se encuentra fijada en los 16 años. La idea del Poder Ejecutivo es que ese número baje a 14, algo que hace años se discute.

Al tratarse de un asunto de orden penal no puede ser modificado por Decreto de Necesidad y Urgencia, lo cual explica por qué no fue incluido este cambio en el DNU 70/2023, vigente desde 29 de diciembre pasado.

Bronca lógica

En un país en el que desde hace décadas la inseguridad aparece en los primeros puestos de preocupaciones ciudadanas, el hartazgo lógico de la gente logró que cada vez haya más personas dispuestas a acompañar acciones radicales para combatirla.

Con solo leer las noticias podemos comprobar que la participación de menores en hechos delictivos es algo habitual. A veces se da por voluntad propia pero otras por la incitación de mayores que cobardemente los usan, ya que en caso de ser aprehendidos no están sometidos al mismo régimen penal que un adulto. 

Estos menores, dependiendo del tipo de ilícito, en muchas oportunidades son detenidos por la policía pero en muy pocas horas liberados por orden de la fiscalía. La situación conocida popularmente como "puerta giratoria", es una de las que más indignación suele causar en la opinión pública con toda razón.

De ahí entonces que el entrante Gobierno Nacional considere que tiene un gran respaldo para hacer esta propuesta de cambio en la edad de imputabilidad. De hecho este tipo de medidas fueron adelantadas durante la campaña electoral, por lo que para mucha gente no sería una sorpresa sino que estarían alineadas con lo esperado.

¿Remedio o calmante?

Si miramos el corto plazo, la lógica indica que bajar la edad a 14 años tendría al menos dos efectos: el primero sería disuadir a los potenciales niños delincuentes de cometer los hechos y el segundo, quitarle a los adultos el incentivo de utilizar a los chicos para salvaguardarse. 

Pero sumergiéndonos un poco más en el tema podemos observar que la realidad no es tan lineal y resulta más compleja que eso. Es indudable que hay un gigantesco y pulsudo caldo de cultivo social para que exista una situación en la que un niño delinque o un adulto concibe la idea de usar a un menor así. Miseria, alcoholismo y drogadicción (por nombrar algunas) son causas concomitantes de la delincuencia que ha ido aumentando en Argentina. Con sólo admitir eso ya vemos que hay mucho por resolver si se quiere ir a fondo en serio.

Aunque decimos que solo con cambiar la edad no alcanza, podría ocurrir que esta modificación se esté encarando como parte de un plan mucho más grande que además incluya modificar drásticamente los entornos que corrompen a los chicos. Digamos por ejemplo erradicar la droga de los barrios, facilitar la escolarización temprana y otras medidas que traten la enfermedad de raíz. Pero aún es muy pronto para saber si esto es así ya que la presidencia de Javier Milei lleva apenas poco más de un mes. Así que por el momento vamos a circunscribirnos al tema específico de la edad. 

Tirándole el fardo a la Justicia penal

La baja de imputabilidad tal vez sea favorable o no (repito: en caso de aprobarse hay que darle tiempo) pero es necesario que los diputados y senadores sean conscientes de que no podemos achacarle todo el problema de la inseguridad a la Justicia penal. Pensar que con esa sola medida alcanza resulta bastante ingenuo.

El riesgo está en que la aprobación de la baja genere una sensación de “ya está”, “ya cumplimos” y eso relaje a los poderes Legislativo y Ejecutivo haciéndoles olvidar el fondo real del problema, esperando que los magistrados terminen por sí solos con uno de los principales flagelos del país.

En el derecho penal existe lo que se conoce como principio de última ratio. Refiere a que recurrir a los tribunales debe ser el último instrumento al que la sociedad llega para proteger determinados bienes jurídicos. Por una cuestión lógica de que los recursos y el tiempo son limitados se intenta reservar estos para casos que no hayan podido solucionarse de otra forma.

Específicamente en debate de la edad de imputabilidad vemos que se estaría acudiendo al fuero penal antes de resolver otras variables muy necesarias para atacar eficientemente la inseguridad. Tal como dijimos, se trata de un tema extremadamente complejo (no por eso sin solución) que tal vez se pueda empezar a abordar con medidas que darían mejores resultados. Y no hablo solo de trabajo social, sino también mediante la presencia y acción preventiva de las fuerzas de seguridad. No vamos a caer tampoco en el extremo progresista de creer que esto se arregla con suavidad y buenas intenciones.

Mirada internacional

Además de lo comentado anteriormente hay que tener en cuenta que muchos actores del mundo judicial sostienen que este cambio va en contra de lo establecido en las leyes del Bloque Constitucional Federal, dentro de las que están nuestra propia Carga Magna y los tratados internacionales como la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

La profesora de Derecho Penal Mary Beloff, de la Universidad de Buenos Aires, en una de sus charlas publicadas en YouTube explica que según esas convenciones, el sentido de la reacción estatal hacia los menores es procurar que no se metan más en problemas y reformar sus conductas. Dice entonces que no se debe tener como meta castigarlos como sí se hace con los mayores. Además en sus ponencias suele insistir en que la baja de edad de imputabilidad realizada en otros países latinoamericanos no ha sido efectiva en ningún caso según los datos que ella maneja.

Quienes se posicionan en contra del cambio de la norma también sostienen que es fundamental tener en cuenta la falta de maduración cerebral que existe a tan bajas edades. El Comité de los Derechos del Niño avaló esta postura entre las Observaciones Generales que hizo en 2019. En la Observación 24 dice: “Las pruebas documentadas en los campos del desarrollo infantil y la neurociencia indican que la madurez y la capacidad de pensamiento abstracto todavía están evolucionando en los niños de 12 a 13 años, debido a que la parte frontal de su corteza aún se está desarrollando. Por lo tanto, es poco probable que comprendan las consecuencias de sus acciones o que entiendan los procedimientos penales. También se ven afectados por su entrada en la adolescencia”. 

Otra traba para la modificación es que en el derecho existe algo llamado principio de no regresividad, que quiere decir que no se puede retrotraer una garantía establecida. Esto aplicaría para la Argentina porque nuestro país ya tuvo imputabilidad desde los 14 años a través de la Ley 22.278 promulgada el año 1980. El Artículo 1 de la norma en aquel tiempo decía: “No es punible el menor que no haya cumplido catorce (14) años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho (18) años, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos (2) años, con multa o con inhabilitación”. Luego fue modificado a lo que tenemos hoy: edad de imputabilidad a partir de los 16.

Entre lo urgente y lo importante

Para finalizar, podemos ver que se trata de un tema que desde hace tiempo merecía un debate serio. Por supuesto que no resulta para nada sencillo de legislar este asunto ya que se mezclan emociones muy fuertes (sobre todo para las víctimas de la delincuencia) con los fríos textos legales que deberían despojarse al máximo de cualquier sesgo. Si bien es necesario abordar las soluciones cuanto antes, también es clave que se arribe a estos acuerdos de la mejor manera, basándose en datos y evidencia empírica que realmente resuelvan la cuestión de fondo.

Comentarios